CALENDARIO ESCOLAR 2009/2010
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO ESCOLAR PARA EL CURSO
2009-2010
La Delegación Provincial de Educación de Málaga, de acuerdo con lo dispuesto
en el Decreto 301/2009 de 14 de julio, ha resuelto dictar las normas por las
que ha de regirse el calendario escolar para el curso 2009/2010 en todos los
centros docentes públicos y privados, a excepción de los universitarios.
Normas de carácter general:
1º.- El curso escolar se iniciará el día 1 de septiembre de 2009 y
finalizará el día 30 de junio de 2010.
2º.- En Educación Infantil,
Educación Primaria y Educación Especial,
se tendrá en cuenta lo siguiente:
a) El régimen ordinario de clases lectivas comenzará el día 10 de
septiembre de 2009 en Educación Infantil, Educación Primaria y Educación
Especial.
b) Los centros dedicarán exclusivamente el primer día de clase a la
recepción del alumnado, pudiéndose establecer un horario flexible para facilitar
esta tarea.
c) A fin de facilitar la escolarización del alumnado de Educación
Infantil que asiste a clases por primera vez y presente dificultades de
adaptación escolar, los Consejos Escolares de los centros podrán establecer,
durante el mes de septiembre, un horario flexible. Este horario deberá
contemplar el tiempo de permanencia del alumnado en el centro docente que, de
manera gradual y progresiva, será cada día más amplio. En todo caso, a partir
de primer día de octubre, el horario de este alumnado deberá ser el establecido
con carácter general para este nivel educativo.
d) La finalización del régimen ordinario de clases no será anterior al
día 23 de junio de 2010.
e) El periodo comprendido entre el 1 y el 10 de septiembre de 2009 se
dedicará al desarrollo de actividades para la planificación de curso.
f) El periodo comprendido entre el 24 y el 30 de junio de 2010 se
dedicará a la evaluación del alumnado y a la realización de actividades
relacionadas con la finalización del curso escolar.
3º.- En educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación
profesional inicial, se tendrá en cuenta lo siguiente.
a) El régimen ordinario de clases comenzara el día 15 de septiembre de
2009.
b) La finalización del régimen ordinario de clases no será anterior al
día 23 de junio de 2010.
c) El periodo comprendido entre el 1 y el 15 de septiembre de 2009 se
dedicará al desarrollo de actividades para la planificación de curso.
d) El periodo comprendido entre el 24 y el 30 de junio de 2010 se
dedicará a la evaluación del alumnado y a la realización de actividades
relacionadas con la finalización del curso escolar.
e) Las pruebas extraordinarias de evaluación para el alumnado de
educación secundaria obligatoria con materias no superadas se llevarán a cabo
en los 5 primeros días hábiles del mes de septiembre.
PERÍODOS VACACIONALES Y DÍAS FESTIVOS.
NAVIDAD: Las vacaciones de Navidad darán comienzo el día 23 de
diciembre de 2009 y finalizarán el día 6 de enero de 2010.
SEMANA BLANCA: Se considerará no lectivos los días comprendidos entere
el 22 y 26 de 2010.
SEMANA SANTA: Las vacaciones de Semana Santa comprenderán desde el día
29 de marzo al 4 de abril de 2010, ambos inclusive.
FESTIVIDADES:
De ámbito nacional:
12 de octubre de 2009. Fiesta Nacional de España
2 de noviembre de 2009. Por traslado de la fiesta de Todos Los Santos.
7 de diciembre de 2009. Por traslado de la fiesta del Día de la
Constitución Española.
8 de diciembre de 2009. Inmaculada Concepción.
De ámbito autonómico:
1 de marzo de 2010. Por traslado de la fiesta del Día de Andalucía.
De ámbito provincial:
3 de mayo. Día de la Comunidad Educativa (para todos los niveles educativos.
De ámbito local:
Tendrán la consideración de días no lectivos los coincidentes con las fiestas de los municipios de la provincia
establecidas por la Conserjería de Empleo hasta un máximo de dos días. En el
supuesto de que uno o dos de los días fijados como fiesta de ámbito local
coincidan con días lectivos, el periodo vacacional correspondiente a la Semana Blanca
se verá reducido en igual número de días,
comenzando en los centros ubicados en estos municipios el día 23 o 24 de
febrero de 2010. En aquellos municipios en que los días fijados para las
fiestas se .ámbito local no coincidan con días lectivos comenzarán el período vacacional
correspondiente a la Semana Blanca desde el lunes 22 de febrero de 2010.
Málaga 27 de julio de 2009
EL DELEGADO PROVINCIAL
Fdo. José Nieto
Martínez