Gratuidad de Libros de Texto

Extracto de la Orden de 27 de abril de 2005, por la que se regula el Programa de Gratuidad de Libros de Texto dirigido al alumnado que curse enseñanzas obligatorias en los centros docentes sostenidos con fondos públicos, publicada en el BOJA núm. 92, del 13 de mayo de 2005:

“La Orden tiene por objeto regular el Programa de Gratuidad de Libros de Texto dirigido al alumnado que curse la enseñanza obligatoria en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía sostenidos con fondos públicos”

- “El alumnado beneficiario del presente programa dispondrá gratuitamente, en régimen de préstamo, de los libros de texto elegidos por el centro para las enseñanzas obligatorias que esté cursando”

- “Los libros de texto serán propiedad de la Administración Educativa y permanecerán, una vez concluido el curso escolar, en el centro docente donde el alumno haya cursado las enseñanzas, de forma que puedan ser utilizados por otros alumnos y alumnas en años académicos sucesivos”

“Los libros de texto serán renovados cada cuatro cursos escolares, salvo los correspondientes al primer ciclo de la Educación Primaria que serán renovados todos los cursos por tratarse de un material que no puede ser utilizado por otros alumnos y alumnas en años sucesivos”

- “Los Directores y Directoras de los centros docentes entregarán a los representantes legales del alumnado beneficiario, debidamente cumplimentados, los CHEQUE-LIBROS”

- “Estos CHEQUE-LIBROS serán canjeados por los libros de texto en la librería o establecimiento comercial de su elección, firmando el representante legal del alumno o de la alumna el “recibí” en la zona dispuesta para tal fin una vez recibidos los mismos, y quedándose la librería o establecimiento comercial el cheque-libro y la factura para su posterior reintegro”

- “La participación en el programa de gratuidad de libros de texto será incompatible con la percepción de ayudas para la misma finalidad que pudiera financiar cualquier otra entidad pública o privada.”

“De acuerdo con lo establecido en la Disposición Final Primera del Decreto 66/2005, de 8 de marzo, la implantación del programa de gratuidad de libros de texto para la Educación Obligatoria estará concluida en el curso 2008/09”

- “Con objeto de informar al alumnado que participe en el programa de gratuidad de libros de texto, se autoriza a aquellas librerías o establecimientos comerciales que colaboren con la Consejería de Educación admitiendo la tramitación de los Cheque-Libros como forma de pago de los libros de texto, a exponer en lugar visible la aceptación de esta forma de pago incluyendo, al menos, el siguiente texto "Aceptamos como forma de pago para la adquisición de libros de texto el CHEQUE-LIBRO emitido por la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía".

- “Las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Educación atenderán cualquier consulta que pudiera plantearse en relación con las actuaciones a que se refiere la presente Orden, arbitrarán las medidas necesarias para difundir toda la información pertinente entre los centros docentes afectados e informarán y asesorarán a los centros educativos sobre las estrategias para la mejor gestión y supervisión de los libros de texto”

- “Los Directores o Directoras de los centros docentes dispondrán lo necesario para que los representantes legales del alumnado al que corresponda la utilización de libros de texto nuevos conozcan esta circunstancia y dispongan de los correspondientes cheque-libros”

Extracto de las Instrucciones de la Dirección General de Participación y Solidaridad en la Educación sobre el Programa de Gratuidad de los Libros de Texto para el curso escolar 2006/2007:

 “Será beneficiario del Programa de Gratuidad de Libros de Texto en régimen de préstamo para el curso 2007/2008 todo el alumnado matriculado en los cursos primero, segundo, tercero, cuarto, quinto y sexto de Educación Primaria, primero, segundo, tercero y cuarto de Educación Secundaria de los centros docentes de Andalucía sostenidos con fondos públicos”

“Asimismo será beneficiario del programa todo el alumnado que esté escolarizado en las aulas específicas de Educación Especial y en los centros específicos de Educación Especial, y que pertenezca a los cursos del período de formación básica de carácter obligatorio (según la normativa para la Educación Especial, Decreto 147/2002, de 14 de mayo, por el que se establece la ordenación de la atención educativa a los alumnos y alumnas con necesidades educativas especiales asociadas a sus capacidades personales)”

- “Los centros docentes realizarán la selección de los libros de texto de entre los que se encuentren en el Catálogo que se pondrá a su disposición en la aplicación informática SÉNECA, y que pertenecerán al Registro de Libros de Texto y Material Complementario Asociado de la Consejería de Educación”

- “Cada centro recibirá una dotación económica fija por cada alumno o alumna de primer y segundo cursos de Educación Primaria, que, para el curso escolar 2006/2007, será de 96,00 euros”

- “La dotación económica del Programa de Gratuidad para el resto de cursos, en que los libros de texto se utilizarán durante cuatro cursos escolares, será en el curso 2006/2007 de 124,00 € por cada alumno o alumna de 3º, 4º, 5º y 6º de Educación Primaria”

- “Para el seguimiento y gestión del Programa de Gratuidad se constituirá en el seno del Consejo Escolar una Comisión presidida por el Director o Directora del centro o persona en quien delegue y compuesta por dos profesores o profesoras y dos padres o madres, debiendo asimismo incorporarse un alumno y una alumna del centro. Todos los tutores y tutoras de grupo serán asimismo miembros de la Comisión a título consultivo, para las ocasiones en que sea necesario estudiar el uso que haya hecho de los materiales alguna alumna o alumno concreto, cuya trayectoria educativa hayan seguido los mencionados tutores. Las funciones de la citada Comisión serán la gestión y supervisión del Programa de Gratuidad, así como todas aquellas que se deriven de las presentes instrucciones”

- “Dadas las características de los cursos primero y segundo de Educación Primaria, en los que los libros de texto son utilizables solamente por un alumno o alumna, estos libros podrán ser donados al alumnado que los venía utilizando, de acuerdo con lo que disponga el Consejo Escolar del centro a este respecto. Sin embargo, el material curricular de uso común que pueda reutilizarse en años posteriores permanecerá en el centro”

- “Concluido el curso escolar, los libros de texto y materiales de elaboración propia de 3º, 4º, 5º y 6º de Educación Primaria serán reintegrados y depositados por el alumnado en los centros para su revisión y posterior utilización por otro alumno o alumna en el siguiente curso escolar. Para ello, se requerirá la colaboración de los padres y madres del alumnado en la forma que determine la Comisión constituida en el seno del Consejo Escolar, la cual también arbitrará las medidas que sean precisas para que el alumnado que lo requiera pueda disponer de los libros de texto durante las vacaciones de verano”

- “Los Directores y Directoras de los centros docentes dispondrán lo necesario para que el desarrollo del Programa de Gratuidad sea conocido por todos los sectores de la comunidad educativa del centro”

- “Se informará a los padres y a las madres del alumnado beneficiario, antes de la finalización del presente curso escolar, de la puesta en marcha del Programa de Gratuidad en el próximo curso y se les informará de que deberán recoger, en el acto de entrega de las calificaciones escolares, los correspondientes cheques-libro, con el fin de que los libros de texto estén disponibles antes del comienzo del curso escolar 2006/2007”

- “Asimismo, el centro tendrá a disposición de las familias que lo soliciten un impreso de renuncia voluntaria al programa (disponible en el anexo I de la Orden de 27 de abril de 2005) para el alumnado que no desee formar parte de él, que deberá entregarse en el centro antes del día 15 de junio. Este documento podrá descargarse de la aplicación informática SÉNECA”

- “En cada Delegación Provincial de Educación habrá un/a responsable del Programa de Gratuidad a quien podrán dirigirse los centros para consultar todas las cuestiones y dudas que surjan.