top of page

GARANTÍAS PROCEDIMENTALES DE EVALUACIÓN

FASES DEL PROCESO

Fase 1: Aclaraciones

1. Pueden solicitarlas el alumnado o sus tutores/as legales, si son menores de edad y podrán solicitarlas al profesorado responsable de las distintas materias/áreas/ámbitos/módulos. Deben solicitarse previas a la publicación las calificaciones ordinarias al profesorado de la materia,.

2. Las aclaraciones deben proporcionar una explicación razonada de las calificaciones y orientar en la mejora de los resultados.

​

Fase 2: Revisiones

a) Se realizan a la finalización del curso si existe desacuerdo en la calificación final obtenida.

b) El concepto es asimilable al de 1a instancia.

Deben solicitarse por escrito antes de las 48 horas hábiles tras la publicación de las calificaciones

​

PRESENTACIÓN SOLICITUDES REVISIÓN

​

1.- Se presenta en la Secretaría del centro: Si se presenta fuera de plazo (dos días hábiles a partir de la comunicación fehaciente), se comunicará por escrito a la persona interesada su inadmisibilidad.

2.-Jefatura estudios traslada al Departamento y/o equipo docente (tutor/a en Primaria, que traslada a equipo docente)

3.- Reunión equipo docente o departamento en un plazo máximo de dos días hábiles Se elaborará un informe con el análisis realizado y la decisión adoptada que se trasladará a jefatura de estudios.

4.- Comunicación a las familias por parte de la jefatura de estudios y modificación de las actas, si procede.

​

Fase 3: Reclamaciones

a) Tiene lugar si persiste el desacuerdo tras el proceso de revisión. b) El concepto es asimilable al de 2ª instancia.


PRESENTACIÓN SOLICITUDES RECLAMACIÓN

​

1.- La reclamación deberá formularse por escrito y presentarse al director o directora del centro docente en el plazo de dos días hábiles a partir de la comunicación del centro de la decisión tomada en la revisión.

2.-El director o directora del centro docente, en un plazo no superior a tres días hábiles, remitirá el expediente de la reclamación a la correspondiente Delegación Territorial.

3.- El profesorado estará obligado a conservar todas aquellas pruebas y otros documentos relevantes utilizados para la evaluación del alumnado durante un periodo de seis meses contados a partir de la finalización del curso escolar. En el caso de que un alumno o alumna o sus representantes legales presenten recurso contencioso-administrativo, el centro tendrá que conservar los referidos documentos hasta la resolución judicial.

​

                                                                                                                                                  En Málaga a 10 de junio de 2024

                                                                                                                                                  La Dirección

​

bottom of page